Aumenta el kafkiano enredo urbanístico y medioambiental en torno al Puy du Fou
Movimiento Queremos Saber la Verdad del Puy du Fou
Nota de prensa, Toledo a 28 de junio de 2018
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica con fecha 28 de junio de 2018 el informe ambiental estratégico de la Viceconsejería de Medio Ambiente sobre la modificación puntual de la normativa urbanística para la implantación del parque temático Puy du Fou.
Conviene aclarar que este informe se refiere al procedimiento de evaluación estratégica ambiental al que estaba siendo sometida la citada modificación, y no a la tramitación del Proyecto de Singular Interés ni a la evaluación de impacto ambiental del proyecto en sí.
Como señala el informe, su ámbito de evaluación es la modificación de la clasificación y usos del suelo del territorio al que afecta el Puy du Fou, y no el de detalle del proyecto, acciones y construcciones.
Dado el contenido del informe, su comprensión puede resultar compleja para quienes no estén al tanto de la legislación y de las vicisitudes y enredos en los que el Puy du Fou está inmerso.
En lo que a las cuestiones esenciales que son el núcleo del objeto del informe lo que se viene a determinar es que tras la anulación efectiva del Plan de Ordenación Municipal de 2007 se hace preciso elaborar un nuevo documento de modificación urbanística en el ámbito del Puy du Fou y que ese documento se debe someter a una evaluación ambiental estratégica en este caso por procedimiento ordinario y no simplificado como se estaba haciendo con la anterior.
Con base en los artículos 18 y 31 de la ley estatal de evaluación ambiental ello implica que Puy du Fou s.l. ha de elaborar un estudio ambiental estratégico que junto con la versión inicial de la modificación urbanística se someterán a información pública por 45 días hábiles. Tras el análisis técnico del expediente, se emitirá la correspondiente declaración ambiental estratégica de medio ambiente que facultará o no a la aprobación por el órgano urbanístico la posterior aprobación de la modificación. Para este trámite la administración ambiental dispone de un plazo máximo de 15 meses desde la elaboración del documento de alcance, que se firmó el 18 de junio pasado.
La Viceconsejería, siguiendo un criterio cuestionable que será objeto de análisis jurídico por el Movimiento QSVPF, abre la vía para que la empresa se ahorre presentar a consultas previas de administraciones y personas interesadas durante 45 días hábiles adicionales un borrador de la modificación urbanística que se plantea acompañado de un documento ambiental estratégico nuevo.
El motivo que argumenta medio ambiente para anular lo realizado hasta ahora en relación a la evaluación ambiental estratégica e iniciar un nuevo procedimiento ordinario es que debe modificarse el POM de 1986 actualmente en vigor en Toledo, para que se recoja en él la condición de suelo rústico no urbanizable de especial protección que para la zona de afección del Puy du Fou estableció el POM de 2007 y que, como señaló Ecologistas en Acción en sus alegaciones y recogió posteriormente el Ayuntamiento en su informe, no se puede revertir.
Extraña y kafkiana paradoja del destino, la que lleva a que para que pueda seguir adelante la tramitación del Puy du Fou primero deba consolidarse la protección urbanística de los terrenos.
A la par, la nueva modificación urbanística pretendería que en ese suelo protegido se permitan usos terciarios de carácter “comercial, hotelero, hostelero y oficinas”, lo cual también debe ser evaluado ambientalmente. Esta pretensión, como se ha señalado repetidamente por los alegantes al Puy du Fou, estaría en contradicción con la legislación estatal del suelo, y pone de manifiesto que en el PSI se podría estar ocultando información sobre la futura construcción de hoteles en la zona.
Con este giro de los acontecimientos quedan claramente de manifiesto los profundos errores cometidos en la tramitación del Puy du Fou, y los graves problemas urbanísticos y medioambientales que genera su tramitación. Así como el notorio alargamiento de los plazos de aprobación o denegación del PSI.
El informe señala otras muchas cosas de interés, que merecen un más detallado análisis, ya que no queda claro en absoluto que se garantice la seguridad jurídica ni para el promotor ni para los alegantes. Todo ello será objeto de un más detallado y reposado estudio por parte del Movimiento Queremos Saber la Verdad del Puy du Fou.
Por otra parte, llaman la atención algunas insinuaciones que realiza en el informe la Viceconsejería de Medio Ambiente en relación a la eventual compatibilidad ambiental de la actuación, así como al extenso análisis hecho por el promotor hasta el momento. Tales afirmaciones, absolutamente innecesarias e inhabituales en este tipo de informes, sólo son entendibles desde la óptica de paliar el impacto del informe sobre la credibilidad del proyecto.
Yerra notoriamente Medio Ambiente al querer contemporizar con la empresa, primero, porque pone en entredicho su imparcialidad; segundo, porque sabe que el proyecto puede ser incompatible urbanística y ambientalmente, y que la documentación aportada y los procedimientos iniciados por la empresa, ni eran los correctos ni se ajustaban a la legalidad, y por todo ello hay que partir casi de cero.
El Movimiento Queremos Saber la Verdad del Puy du Fou lamenta esta patada a seguir de la empresa y de las administraciones que no hace sino alargar una polémica de incierto final y que sólo puede traer disgustos a la ciudad de Toledo. Y todo por culpa de una mala decisión inicial de la empresa y del trato de favor inmerecido que le da el Gobierno de Castilla-La Mancha.
Enlace a la Resolución de la Viceconsejería: https://drive. google.com/file/d/ 1yAg5z7y9Vc1u5n5FVJ_MrK9ROHk1- 7V9/view?usp=sharing
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