Modificación Puntual 29 del Plan General Municipal de Ordenación Urbana (PGMOU) 1986
El
Ayuntamiento de Toledo ha publicado en su página, en la sección de Urbanismo,
los documentos que componen el expediente de la Modificación Puntual 29 del
Plan General Municipal de Ordenación Urbana. La Junta de Gobierno de la Ciudad
de Toledo resolvió, en su sesión celebrada el 4 de julio de 2018, someter a
información pública dicha modificación. Así, pues, en breve, en cuanto sea publicado
en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y uno de los periódicos de mayor difusión, se abrirá un
periodo de información pública, en el que alegar, de 45 días.
En primer
lugar y con referencia a las modificaciones puntuales del PGMOU 1986 que se están
tramitando en estos días, con una enorme prisa, que en esencia es volver al POM
2007, o un documento muy parecido, y por lo tanto, de hecho podría decirse que
es un plan de ordenación municipal nuevo-viejo, queremos resaltar la AUSENCIA
DE DEBATE PÚBLICO PREVIO A SU ELABORACIÓN. Todo ello, además, sin que en los tres años anteriores, la
alcaldesa Milagros Tolón, haya cumplido su promesa de elaborar un nuevo Plan de
Ordenación Municipal. Recordemos que al principio de su mandato, la alcaldesa, reunió en la sala capitular del Ayuntamientode Toledo, a cerca de 400 personas, y allí, en un discurso solemne en el que
hablaba de que el anterior plan estaba desfasado, que la ciudad había cambiado,
y necesitaba un plan adecuado a los próximos años, declaró que en un año se
tendría un nuevo POM. Tres años después, no se ha hecho nada de lo prometido, y
ahora, ante la anulación definitiva del POM 2007, las prisas han hecho que
tenga que adecuarse un plan de más de 30 años, por lo que podemos decir, que la
alcaldesa, en lugar de llevarnos hacia el futuro, nos va a hacer retroceder,
con un nuevo plan viejo.
El
colectivo “Queremos saber la verdad del Puy du Fou”, tiene como principal
objetivo conocer todos los aspectos del proyecto de construcción de un parque
de ocio en terrenos del término municipal de Toledo, en concreto en la finca
Zurraquín, para averiguar y compartir con la ciudadanía, la realidad que se
oculta detrás de este macro proyecto, al que la administración regional y local,
le han puesto alfombra roja.
Hasta
ahora, la documentación aportada por la Sociedad Limitada Unipersonal Puy du
Fou, se ha demostrado que era errónea, incompleta y engañosa, y como
consecuencia la empresa, se ha visto obligada a rehacer toda la documentación,
y hacer una nueva Evaluación Ambiental Estratégica, esta vez ordinaria en lugar
de la simplificada que habían realizado. Todo ello, a pesar del apoyo y
entreguismo de las administraciones regionales y local.
La
empresa se encuentra con un grave problema (entre otros), ya que el mecanismo del
Proyecto de Singular Interés que ha elegido la administración regional para su
implantación, (que en la práctica significa la “liquidación” por la fuerza del
urbanismo local y adecuar un espacio, donde no sería legal instalar dicha
construcción, a las características específicas del mismo, es decir hacer un
urbanismo individual y a medida de la empresa para ese espacio concreto),
aparte de tener que adaptarse al cumplimiento de las legislaciones regionales y
estatales, debe justificar y explicar qué aspectos del urbanismo de la ciudad
quiere o tiene que modificar. Es decir, precisa un urbanismo en vigor, aprobado
y estable, para poder imponerse sobre
él.
“Conformidad o no a la ordenación
urbanística en vigor y aplicable a los terrenos comprendidos por el Proyecto,
en punto a la clasificación y a la calificación del suelo, precisando en su
caso, las previsiones de dicha ordenación que resultarán directamente alteradas
por la aprobación definitiva del Proyecto.
Cuando l alteración o innovación prevista conforme al párrafo anterior, pueda comportar la necesidad de adaptación del planeamiento de ordenación territorial y urbanística vigente, se elaborará la documentación técnica y normativa precisa para la tramitación de la modificación o, en su caso, revisión del planeamiento vigente y un documento de refundición que refleje tanto las nuevas determinaciones como las que queden en vigor, a fin de reemplazar la antigua documentación.
Se incluirán, asimismo, las previsiones estrictamente indispensables para resolver las dificultades que pudieran presentarse en la correcta aplicación de la ordenación urbanística municipal en tanto se produce la adaptación prevista en el párrafo anterior. Estas previsiones formarán parte de la ordenación urbanística municipal, a título de normas transitorias complementarias, hasta que tenga lugar la adaptación de éstas.
Como
sabemos, cuando se presentó el PSI por primera vez, se produjo un hecho anómalo
que no había sucedido antes en ningún otro lugar de España. Como el POM 2007
tenía varias sentencias de anulación en contra, pero todavía no se había
anulado, existía en tramitación una modificación del mismo, la modificación
puntual 3, y en el transcurso de la tramitación del PSI era posible que el POM
2007 fuera anulado definitivamente, y se cayera en el Plan General Municipal de
Ordenación Urbana de 1986, la justificación que aparece más arriba, la empresa,
debido a las prisas que tenía por construir, la presentó para los tres escenarios posibles,
algo nunca visto.
En el
transcurso de la tramitación del PSI, durante el proceso de información
pública, el POM 2007, fue anulado definitivamente, por lo que de golpe se pasó
al urbanismo de 1986, basado en unas
leyes y preceptos totalmente diferentes a los existentes hoy en día, y por lo
tanto totalmente desfasado. Sin embargo, la entrada en vigor el PGMOU de 1986, no
significaba que el mismo pudiera aplicarse tal y como estaba, por el desfase
legal existente y por los desarrollos urbanos que se habían producido que ahora
eran ilegales, etc. Había determinados aspectos, como por ejemplo, las
protecciones del suelo que aparecen en el POM 2007, en cuanto al suelo
protegido que no podían retrotraerse, en base a que existen sentencias
judiciales firmes que impiden que se pierdan las protecciones existentes, mientras
los valores que sirvieron para proteger esos suelos no hubieran decaído, que no
era el caso.
Como
consecuencia, en la ciudad de Toledo, donde la alcaldesa, Milagros Tolón, había prometido tres años antes un nuevo Plande Ordenación Urbana, pero no había
cumplido esa promesa, se encontró de golpe con un plan urbanístico de más de 30
años, con problemas legales graves, con suelos desarrollados urbanísticamente, que
de pronto quedaban en la más absoluta ilegalidad, etc. Para salvar la situación
el Ayuntamiento de Toledo se ha embarcado en un proceso de redacción de
modificaciones puntuales del PGMOU de 1986, con el fin de adecuarlo a la
realidad de la situación actual. Hace unos meses elaboró y sacó a información
pública la Modificación Puntual 28, y ahora hace lo mismo con la Modificación
Puntual 29. Esta modificación precisa, una vez que se publique el anuncio en el
Diario Oficial de Castilla-La Mancha, 45 días de exposición pública.
Pues
bien, como todos sabemos, el Proyecto de Singular Interés de la Sociedad
Limitada Unipersonal Puy du Fou, no pasó el primer corte, y a pesar de haber
anunciado a bombo y platillo que construirían sí o sí, en plazo, es decir a
partir de junio, los errores, deficiencias e inconsistencias del proyecto, han
hecho que la administración regional no tenga más remedio que exigirles que
rehagan toda la documentación y empiecen otra vez de cero. Además, se le ha
exigido que la Evaluación Ambiental Estratégica, que habían realizado por el
procedimiento simplificado, ahora la tengan que realizar por el procedimiento,
mucho más exigente y completo que el del procedimiento ordinario.
¿Dónde
nos encontramos? Pues resulta que la S.L. está rehaciendo toda la documentación
actualmente, y siguen teniendo mucha prisa. Como vemos, ahora mismo, el
urbanismo de la ciudad, a través de la Modificación Puntual 29, va a salir en
breve a información pública, durante 45 días. Es decir, esa modificación,
podría ser la definitiva o no, en función de las alegaciones presentadas, y de
que la redacción se ajuste o no a la legalidad. Como el Puy du Fou, tiene que
establecer qué es lo que va a alterar del urbanismo de la ciudad, y actualmente
no existe urbanismo, sino que está en revisión, RESULTA IMPOSIBLE QUE LA
EMPRESA PUEDA PRESENTAR UNA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL URBANISMO QUE ACTUALMENTE
SE ESTÁ MODIFICANO.
En sentido
estricto, no quedaría más remedio a la Sociedad Limitada, que esperar a que se
apruebe definitivamente la Modificación Puntual 29, ya que si no lo hace así, y
presenta la nueva documentación antes, creemos que estaría incumpliendo la ley.
Ya veremos si hacen esto, o siguen con su “osadía” alentada por el apoyo del
gobierno regional, y presentan la documentación y la sacan a información
pública, coincidiendo con el periodo de alegaciones de la modificación del
urbanismo de Toledo, o esperan a que se resuelva la situación del mismo.
En todo
caso, estaremos atentos para analizar cualquier situación que se produzca. En
este sentido, y dada la influencia que podría tener la Modificación Puntual 29 de Plan General Municipal de Ordenación Urbana 1986 sobre el Proyecto de
Singular Interés Puy du Fou, es necesario estudiar esta misma para analizar las
posibles influencias en el PSI.
Animamos
a todos los ciudadanos de Toledo a que se lean la Modificación Puntual 29, y
participen en la creación del futuro de nuestra ciudad, y para ello presenten cuantas alegaciones consideren
necesarias o útiles a la misma. Así mismo, por lo que nos toca, solicitamos
vuestro apoyo para detectar aquéllos aspectos que pudieran afectar al Puy du
Fou, y a que presentéis alegaciones por vuestra cuenta en relación a estos
aspectos y/o nos la hagáis llegar (ver correo más abajo) para confeccionar nuestras alegaciones o
tramitarlas nosotros.
Muchas Gracias
La modificación puntual 29 la podéis encontrar en:
Nuestro blog: En la barra lateral izquierda, en el apartado “Documentos”
aparece uno con el nombre “Carpeta Modificación Puntual 29 del PGMOU 1986) https://queremossaberlaverdaddelpuydufou.blogspot.com/
La página del Ayuntamiento: https://www.toledo.es/modificacion-puntual-numero-29-del-pgmou-de-toledo/
Podéis seguirnos en:
Nuestro correo electrónico es: queremossaberlaverdadpuydufou@gmail.com
Facebook: https://www.facebook.com/VerdadPuyduFou/
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