Indigna resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente respecto de la Modificación Puntual del Puy de Fou. Nota de prensa, Toledo a 26 de octubre de 2018
Como desgraciadamente era de esperar en un procedimiento que
se encuentra viciado de origen por la falta de imparcialidad del Gobierno
Regional, la Viceconsejería de Medio Ambiente ha sido forzada a resolver
favorablemente la Declaración Ambiental Estratégica de la Modificación Puntual
del PGOU de Toledo llamada a dar cabida al parque temático Puy du Fou.
En una resolución indigna y que habla muy mal de los
mecanismos administrativos por los que se rige la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha en su toma de decisiones, la Declaración Ambiental Estratégica
(DAE) hace caso omiso de las alegaciones presentadas y da por buenas las
falsedades e irregularidades que arrastra el proyecto de parque temático.
Pero las presiones que haya recibido la Viceconsejería de
Medio Ambiente no justifican, ni pueden servir de excusa, para que en un
ejercicio irresponsable e injustificable desde el punto de vista técnico,
jurídico y administrativo se haya dado lugar a una resolución tan mal hecha y
que acumula más irregularidades al procedimiento.
Para dar salida a su resolución la Viceconsejería de Medio
ambiente ha debido batir un record en la valoración de alegaciones, ya que,
recordemos, el plazo acabó el 2 de octubre pasado. En 21 días, la resolución se
firma el 23 de octubre aunque se publica el 25, de los cuales sólo 14 eran
laborables, le ha dado tiempo a leer, estudiar y contestar los 63 escritos
presentados por distintas entidades y organismos. Simplemente inaudito,
simplemente increíble.
Obviamente la Viceconsejería tenía ya escrita su resolución
antes de recibir y estudiar las alegaciones y, como es lógico, ni siquiera ha
detectado ni analizado como es debido las nuevas consideraciones presentadas en
este segundo periodo de información pública.
Como ya hicieran otras administraciones que han informado
previamente distintas cuestiones sobre el Puy du Fou, la Viceconsejería se pone
de perfil en aspectos muy relevantes, como la compatibilidad de los nuevos usos
del suelo en un ámbito urbanísticamente protegido con la legislación básica
estatal o la ilegalidad que representa usar la concesión de agua del
ayuntamiento de Toledo para una actividad terciaria en suelo rústico. También deja pasar el hecho de que no está
aprobada la Modificación Puntual nº 29, y que la resolución de la misma pueda
afectar al Puy du Fou. Admite por otra parte estudios de alternativas que han
ido mutando desde el planteamiento inicial, datos del proyecto que son
inciertos, como el consumo de agua. O contradicciones, como la que deriva de la
consideración de que el ruido puede afectar a las personas, y por eso no se
puede emplazar el proyecto en suelo urbanizable, pero no a las especies
protegidas, porque se van a adoptar supuestas medidas paliativas.
Sobre estas bases tan endebles la Viceconsejería se permite
por último valorar como compatible los impactos paisajísticos de una actuación
que ocupa con nuevas infraestructuras más de 783 mil metros cuadrados, el 48,7
por ciento del ámbito del PSI. Dato que, por cierto, se oculta maliciosamente
en la resolución a pesar de estar en el proyecto y haber sido debidamente
alegado.
El Movimiento Queremos Saber la Verdad del Puy du Fou
considera que se le debiera caer la cara de vergüenza tanto al Viceconsejero
que ha firmado la DAE como a los responsables de los informes en los que se
sustenta la misma. No obstante, puestos en la tesitura de que se haya aprobado
este documento, se encuentran nuevos argumentos a la denuncia de que estamos
ante un proceso ilegal, alimentado por un trato de favor evidente a la empresa
promotora y en el que empiezan a apuntarse eventuales responsabilidades, no
sólo administrativas, sino también penales.
Enlace a la DAE
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